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La hora de la innovación 21/01/2011 |
La Ley de Economía Sostenible, que propone medidas en diversas áreas de la actividad y la economía española, tras su largo plazo de tramitación parlamentaria y una votación envuelta en polémicas debido a la Disposición Final Segunda de la Ley, conocida como "Ley Sinde", prosiguió su camino hacia la aprobación.
AUTOR | José Manuel Martínez. Manager de GAC España
El polémico texto incluye, entre otras, medidas fiscales y medioambientales, propone el aumento del umbral de deducción fiscal para las empresas en el Impuesto sobre Sociedades por actividades de innovación tecnológica, que pasa del 8% al 12%. Esto haría que la innovación tecnológica disfrutara de un tratamiento fiscal un 50% más generoso que el que tenía hasta ahora, lo que supone una clara apuesta del gobierno por incentivar la modernización mediante esfuerzos tecnológicos en las compañías.
Con la aprobación de este texto legal, la "i" pequeña de la I+D+i, se haría más grande. El Manual de Oslo, de referencia en la OCDE para encuadrar la innovación tecnológica, define esta como un concepto favorecedor de la introducción de nuevos productos y nuevos procesos, así como cambios tecnológicos significativos de producto y proceso a los procesos productivos y a los circuitos comerciales. En el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, se considera innovación tecnológica de cara a la deducción fiscal, la actividad cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes. La innovación tecnológica por tanto se refiere a las novedades subjetivas, actividades que aseguran la implantación en los procesos empresariales de tecnologías modernas, fruto de desarrollos previos, realizados normalmente por empresas tecnológicas o en colaboración de los departamentos de I+D+i y producción.
En definitiva una época de crisis es el momento del apoyo a la innovación, de forma que se asegure la asunción de las empresas de las tecnologías más innovadoras de cara a hacerlas más competitivas. Una apuesta a tener en cuenta por el empresariado español, que no solo dispone incentivos para las empresas que realizan investigación y desarrollo, que puede obtener una deducción del gasto de sus proyectos entre el 25 y el 42% del gasto incurrido en cada ejercicio, sino que con esta Ley serían reforzados los dirigidos a la innovación tecnológica, de los que podrán disfrutar las empresas que mejoren sustancialmente sus procesos productivos o inviertan recursos en la generación de nuevos productos aplicando nuevas tecnologías.
Aparte de esta medida, existen otras en forma de incentivos fiscales que se incluyen en la Ley como la recuperación de las deducciones medioambientales en un 8% para las inversiones realizadas en bienes del activo material destinadas a la protección del medio ambiente consistentes en instalaciones que eviten la contaminación atmosférica o acústica procedente de instalaciones industriales, o contra la contaminación de aguas superficiales, subterráneas y marinas, o para la reducción, recuperación o tratamiento de residuos industriales propios.
Sin duda, la discrepancia parlamentaria que rodeó la aprobación de la propuesta, puso en riesgo una oportunidad para hacer posible un mayor apoyo a la innovación tecnológica en el necesitado tejido empresarial español, pero finalmente el curso legal a la mayor parte de la Ley, podrá acabar con un premio justo para las entidades que han desafiado a la crisis innovando.
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