Apertura de la Línea de Innovación Global CDTI 29/04/2014 |
El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), pone en marcha la Línea de Innovación Global, que tiene como objetivo financiar proyectos empresariales para potenciar el crecimiento e internacionalización mediante inversiones en innovación.
Definición
La finalidad de la Línea de Innovación Global (LIG) es la financiación de proyectos de inversión en innovación e incorporación de tecnología innovadora [1] para el crecimiento e internacionalización de empresas que desarrollen sus actividades en España, tanto en instalaciones ubicadas en España como en el extranjero. Estos proyectos implican la incorporación y adaptación de tecnologías para adecuarse a los requerimientos de nuevos mercados, mejorar la posición competitiva de la empresa y generar valor añadido adicional.
En cualquier caso, aunque el proyecto de inversión puede significar la internacionalización de las actividades de la empresa, debe reforzar, en última instancia, las actividades de valor añadido que se realizan en España y no podrá suponer una deslocalización de una actividad que la empresa desarrolle en España.
Beneficiarios
Empresas pequeñas y medianas (Pymes) [2] y de mediana capitalización (midcaps) [3]. Las inversiones realizadas en el extranjero se podrán vehicular a través de empresas mixtas siempre que consoliden cuentas con la empresa española o bien a través de filiales, sucursales y establecimientos en el extranjero.
Partidas financiables
Adquisición de activos fijos nuevos relacionados con la innovación que se pretende implantar.
Contratación de servicios externos y subcontrataciones
Gastos de auditoría
No serán financiables, entre otras:
- Partidas correspondientes a un proyecto de inversión ya finalizado con anterioridad a su presentación.
- Terrenos y construcciones.
- Amortización de equipos.
- Ampliación de la capacidad productiva sin que aporte diferencias tecnológicas relevantes con el sistema habitual existente en el sector nacional en el que se mueve la empresa.
- Inversión en equipos que no forman parte de un proyecto de innovación tecnológica o que no impliquen la incorporación de tecnología innovadora.
- El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- Materiales y consumibles y gastos generales.
- Gastos de personal.
Las inversiones y gastos deben ser posteriores a la fecha de presentación de la solicitud de financiación. En el caso de inversiones en el extranjero la financiación se concederá a la empresa española pero la ejecución corresponderá a la filial o empresa mixta constituida en el extranjero.
Características de la ayuda
Presupuesto mínimo del proyecto: 667.000 euros.
Presupuesto máximo del proyecto: 10.000.000 euros.
Duración del proyecto: máximo 24 meses.
Modalidad y condiciones de financiación
Préstamo de hasta el 75% del presupuesto total financiable. La financiación completa del proyecto debe estar asegurada.
Tipo de interés: el tipo de interés se calculará préstamo a préstamo, teniendo en cuenta las características de la operación y del beneficiario tras un análisis realizado por el CDTI. Para el cálculo de este tipo de interés se aplicará estrictamente la metodología establecida en la "Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (2008/C 14/02). El tipo de interés se determinará en el momento de la concesión de la ayuda.
A modo de ejemplo, un préstamo con un colateral medio, para una empresa con una calificación de solvencia " buena" el tipo de interés final se aproximaría al Euribor + 100 puntos básicos y en el caso de una calificación "satisfactoria" el tipo de interés final se aproximaría al Euribor + 220 puntos básicos.[4].
Plazo de amortización: 7 años.
Garantías: Se solicitarán avales de entidades financieras con suficiente solvencia a juicio del CDTI por el 50% del préstamo, pudiendo llegar al 100% según el análisis económico - financiero realizado por el CDTI.
Anticipos: 25%, 50% o 75% del préstamo hasta un máximo de 4 millones de euros sin garantías adicionales a las ya exigidas.
Desembolso: tras la certificación del hito único del proyecto, debiendo presentar una auditoría de gastos previa.
Compatibilidad: El préstamo concedido por CDTI a través de esta línea es incompatible con cualquier otra línea de financiación del CDTI destinada al mismo proyecto.
Solicitud
La solicitud se realizará en la aplicación on-line de proyectos, disponible en la sede electrónica del CDTI (https://sede.cdti.gob.es)
Criterios de evaluación
- Capacidad técnica y financiera de la empresa matriz española y de la filial o empresa mixta ubicada en el extranjero.
- Viabilidad del proyecto de inversión.
- Contribución del proyecto a la mejora de la competitividad de las empresas innovadoras españolas, permitiendo el crecimiento de su actividad y la internacionalización de sus actividades.
- Respeto a aspectos medioambientales, sociales y laborales y cumplimiento de su normativa reguladora.
- Los proyectos que se financien deben aportar un valor añadido a la empresa respecto de sus capacidades de acceder a nuevos mercados. Este aspecto deberá argumentarse y acreditarse adecuadamente al presentar la propuesta con el correspondiente informe justificativo. En cualquier caso, aunque el proyecto de inversión puede significar la internacionalización de las actividades de la empresa, debe reforzar las actividades de valor añadido que se realizan en España y no podrá suponer una deslocalización de una actividad que la empresa venga desarrollando en España.
[1] Según la definición del Manual de Oslo, la innovación recoge todas las etapas necesarias para la puesta en marcha de productos o servicios nuevos o sustancialmente mejorados que no son I+D. Incluye adquisición de tecnología, utillaje e ingeniería industrial, diseño industrial o el arranque del proceso de fabricación.
[2] Recomendación de la Comisión Europea, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. PYME: Empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no supera los 43 millones de euros.
[3] Empresas de menos de 1.500 empleados.
[4] Información no vinculante.