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Ayudas Comerç Innova para el ejercicio 2013 02/07/2013  |

Ayudas convocadas por la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, con el objetivo de incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes

Objetivo de las Ayudas

Incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes.

¿Quién puede solicitarlo?
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, los siguientes los empresarios individuales y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes, que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las siguientes actividades de la División 6 del Impuesto de Actividades Económicas:

• Grupos 613, 614 y 615 de la Agrupación 61, excepto los epígrafes 614.1, 614.4, 615.1 y 615.5.
• Todos los grupos de la Agrupación 64 excepto el 646 y 647.5.
• Todos los grupos de la Agrupación 65 excepto los 654 y 655 y el epígrafe 652.1.

En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.

Plazo de Presentación
Hasta el 9 de julio de 2013.

ACCIONES Y CUANTÍAS APOYABLES

1. Serán apoyables las inversiones que se concreten en alguna de las siguientes actuaciones:

a) Comercio rural:  inversiones en la adecuación del local o en la modernización del equipamiento comercial, para establecimientos ubicados en municipios de menos de 2.000 habitantes, según el censo de población del Instituto Nacional de Estadística a 1 de enero de 2012. En este caso se incluirán como apoyables las implantaciones de establecimientos comerciales. La inversión mínima apoyable no podrá ser inferior a 1.000,00 euros.

b) Innovación comercial: Inversiones, definidas por un documento de evaluación ambiental tutelado, ligadas al proyecto europeo LIFE+Green Commerce o de otras auditorías o estudios de diagnóstico de punto de venta, diagnósticos de innovación del punto de venta o auditorias de innovación, apoyados por esta Conselleria o que cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria anual en que fue realizado, en su caso. La inversión mínima apoyable no podrá ser inferior a 1.000,00 euros.

c) Modernización establecimiento: Adquisición de equipamiento para el establecimiento comercial en, al menos una de las siguientes materias, siempre que la inversión mínima apoyable no sea inferior a 3.000,00 euros:

• Exposición, almacenamiento y venta del producto.
• Señalización e identificación del establecimiento.
• Informática para la implantación de sistemas de información, gestión y comunicación. Se considerará apoyable la creación de páginas web con pasarela de pago y se excluirán los programas y aplicaciones.
• Sistemas de seguridad.
• Accesibilidad.
• Ahorro energético.
• Tratamiento de residuos.

2. El límite de subvención a conceder por establecimiento será de 15.000,00 euros para las ayudas previstas en los puntos 1.a) y 1.c) y de 3.000,00 euros para las del punto 1.b).
 

Resumen ayuda

Enlace gva información completa


Descargar Normativa

Orden de bases 8/2013, (DOCV nº 7002 de 12/04/2013).

Corrección errores de la Orden 8/2013

Orden 21/2013, de 14 de junio.